Tegucigalpa, Honduras domingo 26 enero 2020
El pleno del Congreso Nacional (CN), por iniciativa del Poder Ejecutivo, aprobó ayer la Ley Marco de Vivienda y Asentamientos Humanos.
La misma permite, poner a disposición de la población recursos financieros para construcción de vivienda, canalizados a través del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi). Se estima se generarán alrededor de 300 mil empleos con la construcción de entre ocho y 10 mil viviendas.
El decreto contempla que cientos de hondureños dejarán de pagar alquiler y tendrán opción a ser dueños de sus propias casas con la Ley Marco de Vivienda y Asentamientos Humanos que el Congreso Nacional ha aprobado este jueves, en la última sesión de la segunda legislatura del periodo 2018-2022.
Con esta ley, Honduras tendrá reglas claras y una política estable de vivienda que beneficie al pueblo, con la que se proyecta la generación 300 mil empleos; se construirán entre ocho y diez mil casas al año y se destinarán 170 millones de dólares, enfocados en financiamiento y construcción de proyectos de vivienda social.
Con la normativa, miles de familias se verán beneficiadas con acceso a créditos hipotecarios con cero primas, cuotas accesibles y bajas tasas de interés; condiciones financieras que contarán con el respaldo de la Banca privada.
Además de poner a disposición de la población recursos financieros para construcción de vivienda, canalizados a través del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi)
SECRETARIA DE VIVIENDA
Otra de las partes importantes que tiene esta ley, es que se crea la Secretaría de Vivienda y Asentamientos Humanos (Seviah), que tiene como propósito la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de la política pública de vivienda y asentamientos humanos del país.
A su vez, se crea el Fondo Hondureño para la Vivienda (FONHVIVIENDA), para el financiamiento y acceso al crédito de la vivienda.
Asimismo, mandarán el Bono de Vivienda de Interés Social será un aporte Estatal, en dinero o en especie, para facilitar el acceso a la población de una vivienda de interés social, o el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de ésta.
Según el artículo 18 de la ley, para el acceso a estos bonos, La Secretaría de Vivienda y Asentamientos Humanos (SEVIAH) dará prioridad al acceso del bono y a atención en vivienda para los hogares con ingresos inferiores o iguales a cuatro (4) Salarios Mínimo, en su escala más alta Vigente.
El bono no podrá ser menor al once por ciento (11%) del valor de la vivienda de interés social a ser adquirida por arrendamiento o compra.
Fuente: La Tribuna