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IP suprime RTN en trámites vehiculares: solo DNI y formulario para agilizar gestiones

El Instituto de la Propiedad (IP) eliminó el Registro Tributario Nacional (RTN) como requisito obligatorio en trámites vehiculares e inmuebles, simplificando procesos para ciudadanos hondureños. Esta reforma —anunciada recientemente— invalida exigencias sin base legal, reduciendo burocracia y acelerando atención en oficinas como Tegucigalpa.

Nuevos requisitos mínimos
Ahora bastan:

  • DNI original + copia.

  • Formulario específico (descargable en www.ip.gob.hn).

Trámites beneficiados:

  • Inscripciones vehículos/inmuebles.

  • Traspasos/cambios propietarios.

  • Bloqueos/desbloqueos.

  • Reposición/cambio placas.

  • Cambios físicos vehículos.

  • Descargos/reinscripciones.

Funcionarios no pueden demandar extras; sanciones administrativas/penales aplican. Medida revierte imposiciones previas sin sustento normativo.

RTN persiste en obligaciones fiscales

El RTN —clave para SAR— sigue esencial para:

  • Pagos impuestos/tasas.

  • Declaraciones/retenciones.

  • Empresas/cooperativas/importadores.

Tipos RTN:

  • Natural sin obligaciones.

  • Natural con obligaciones.

  • Comerciante individual.

  • Jurídica.

Obligatorio en bancos, contratos, empleos y civiles, pero no IP vehicular para personas naturales.

Esta modernización alinea Honduras con eficiencia administrativa, cortando trámites de semanas a días (Trujillo: 31→4; Progreso: 22→10). Ciudadanos ahorran tiempo/dinero; IP gana agilidad. Paso clave contra burocracia histórica, facilitando movilidad económica en 2026 de recuperación post-pandemia.

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