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POSTERGAN HASTA EL 30 DE JUNIO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS CONTRIBUYENTES

Tegucigalpa,Honduras miércoles 01 abril 2020

*** Guzmán especificó que para los grandes contribuyentes la presentación y pago del ISR vence el 30 de abril.

La titular del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Miriam Guzmán, anunció la postergación hasta el 30 de junio de este año de las obligaciones tributarias para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Mipymes).

Indicó que los empleos en un 70 por ciento son producidos por pequeños y medianos contribuyentes y la medida es para la sostenibilidad de los mismos.

“Las medidas para los pequeños y medianos contribuyentes incluyen la postergación hasta el 30 de junio de este año de las obligaciones que tengan que ver declaraciones y pagos sin multas, ni intereses de obligaciones como Impuesto Sobre la Renta (ISR), Aportación Solidaria, Activo Neto, la contribución del sector social de la economía, alquileres, excedentes de operaciones del sector educativo y la contribución social del sector cooperativo del período fiscal correspondiente al año 2019”, detalló la funcionaria.

Amplió que “los que quisiesen hacer la declaración y pago antes del 30 de abril gozarán de un 8.5 por ciento de descuento del impuesto a pagar como un beneficio por pronto pago”, pero “no es una obligación”.

Acotó que de lo contrario pueden hacerlo en la fecha propuesta como postergada.

Guzmán especificó que para los grandes contribuyentes la presentación y pago del ISR vence el 30 de abril.

Además, anunció que los pagos a cuenta correspondientes al año fiscal 2020 se posponen de la siguiente forma; La primera cuota se pagará el 30 de agosto de 2020; la segunda cuota el 30 de octubre de 2020 y la tercera y última cuota hasta el 31 de diciembre de 2020.

La presentación de la Declaración Jurada Informativa Anual de Precios de Transferencia se pospone hasta el 31 de julio de 2020, añadió.

“Estamos autorizando, durante el tiempo que dure la emergencia, que la clave de autorización de impresión el CAI, que consta en cada uno de los documentos fiscales, se va a habilitar para todos los obligados tributarios que actualmente se les tiene bloqueada o suspendida”, explicó.

También se está permitiendo el uso de documentos fiscales cuya fecha límite de emisión venza durante este periodo que está vigente el estado de emergencia.

Para los obligados tributarios que durante el resto del año conserven sus planillas de empleados respetándoles el pago de derechos, salarios y obligaciones “se les reconocerá como un gasto deducible adicional el 10 por ciento del 100 por ciento para el periodo fiscal 2020”, dijo Guzmán.

Añadió que esta medida representa un sacrificio para las arcas del Estado, pero se hace con el fin de mantener los empleos.

Respecto al Impuesto Sobre Ventas (ISV), la funcionaria dijo que en los casos que los obligados tributarios no estén operando durante estos meses decretados como estado de emergencia, se les otorga prórroga de los plazos de presentación y pago de la declaración del ISV.

Para aquellos Obligados Tributarios que están operando con o sin salvoconducto deberán presentar y pagar sus obligaciones, puntualizó Guzmán.

Fuente: hondudiario

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