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Gobierno concede asueto a empleados públicos este lunes 16 de septiembre

Con motivo de la conmemoración de los 203 años de independencia nacional y la celebración de las Fiestas Patrias, el Gobierno otorgó asueto para todos los empleados públicos el lunes 16 de septiembre del presente año, posterior al Día de la Independencia de este domingo 15 de Septiembre.

Según un comunicado de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, este descanso tiene como objetivo «reconocer la activa participación ciudadana en las festividades patrias, que ha fomentado el respeto y la unidad en torno a los valores nacionales».

El comunicado oficial también destacó que quedan exceptuadas de este asueto aquellas dependencias que, por la naturaleza de sus funciones, deben continuar operando para garantizar los servicios públicos esenciales, como por ejemplo, los hospitales.

Además, el Gobierno instó a la población a celebrar las fiestas de Independencia patria con responsabilidad, respetando las normativas vigentes, para asegurar que las festividades se desarrollen en un ambiente de respeto y orden, en consonancia con los valores patrios que se conmemoran en estas fechas.

¿Qué sucede con los empleados del sector privado?

Por otro lado, el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) recordó en un comunicado emitido a finales de agosto que el feriado correspondiente al Día de la Independencia, el 15 de Septiembre de 2024, es «inamovible», contrario al caso de los empleados públicos.

Esto significa que debe otorgarse el día que corresponde según el calendario, independientemente de si cae en un día laboral o no.

«El domingo 15 de septiembre del presente año es feriado nacional. Este feriado es inamovible, es decir, debe otorgarse en la fecha correspondiente», señaló el Cohep en su comunicado del 22 de agosto.

Condiciones laborales en el sector privado

El feriado del 15 de Septiembre es de carácter nacional, aplicable tanto para empleados del sector público como del sector privado. Sin embargo, en caso de que un empleado del sector privado labore durante este día, la ley establece que debe recibir una remuneración extraordinaria.

Según el artículo 340 del Código del Trabajo de Honduras, si el trabajador presta sus servicios durante un día feriado, tiene derecho a que se le pague el doble de su salario habitual, o bien a que se le conceda el descanso en otra fecha acordada con su empleador.

«Si en virtud de convenio se trabajare durante los días de descanso o los días feriados o de fiesta nacional, se pagarán con el duplo de salario correspondiente a la jornada ordinaria», detalla el Código del Trabajo.

Fuente: Tu nota.com

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